BOLETÍN INFORMATIVO DSA - 19 DE JUNIO DE 2014 -

Al régimen contributivo, se afilian las personas que tienen una vinculación laboral, trabajadores independientes, pensionados y sus familias y el régimen subsidiado es el mecanismo mediante el cual la población, sin capacidad de pago, tiene acceso a los servicios de salud a través de un subsidio que ofrece el estado.

A través del Decreto 3047 del 27 de Diciembre de 2013, se establecen las condiciones y reglas para la libre movilidad desde el régimen contributivo al subsidiado. Cabe aclarar que para el régimen subsidiado, definido únicamente para aquellos afiliados que estén registrados en los Niveles I y II del Sisbén, y que se encuentren en la base de la Dirección Nacional de Planeación (DNP).

Con este decreto, 3047, se busca brindar servicios de salud sin interrupciones ni contratiempos a quienes tengan derecho. Esta proyectado darle inicio y cumplimiento al citado decreto a partir del 27 de junio de 2014.


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