BOLETÍN INFORMATIVO DSA - 06 DE JUNIO DE 2014 -

En días pasados dimos a conocer la expedición del Decreto 1020 del 28 de mayo de 2014 por el cual se modifican y adicionan el artículo 4 del Decreto 4910 de 2011 y los artículos 4 y 5 del Decreto 260 de 2001. En este espacio, se tratará específicamente uno de los puntos que reglamentó el decreto en mención, esto es, la modificación a la retención a titulo de renta por el concepto de “otros ingresos”.

Bien es sabido que en octubre del año 2013 con la entrada en vigencia del Decreto 2418 de 2013 se modificó el artículo 4 del Decreto 260 de 2001, el cambio del momento dio a entender que en todos los casos sin excepción alguna (incluyendo los servicios de restaurante, hotel y hospedaje) la retención por “otros ingresos” bajaría del 3,5% al 1,5% para los meses de noviembre y diciembre de 2013, y luego, a partir de enero de 2014 subiría al 2,5%.

Lo anterior suscitó una contradicción en el ordenamiento jurídico toda vez que el Estatuto Tributario (norma especial) en su artículo 401 continuó diciendo que la tarifa para los beneficiarios de “otros ingresos” y que fueren “contribuyentes no declarantes” sería del 3,5%.

Así las cosas, el Decreto 1020 de 2014 resuelven la discordancia existente y da nuevas instrucciones sobre los casos especiales antes comentados; del artículo 5 y 6 del nuevo Decreto se concluye:
  • En la práctica, la retención del 2,5% solo se seguirá aplicando a los que vendan simples mercancías y que al mismo tiempo sean “declarantes de renta”, pues si quien vende esas simples mercancías es alguien “no declarante de renta”, entonces sí se le practicará la retención del 3,5%, tal como lo indica la norma superior del art. 401 del E.T.
  • Los otros tipos de pagos que normalmente también se tomaban como “otros ingresos” y que por lo tanto se venían beneficiando de sufrir retención del 2,5% desde enero de 2014 (restaurante, hotel, hospedaje, arrendamiento de bienes raíces y transporte de pasajeros), ahora empezarán a sufrir la retención del 3,5% sin importar si el beneficiario es o no un declarante de renta.
 
 
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