Una de las obligaciones de mayor relevancia para los contadores por estos días, es la presentación de la información exógena por el año 2013, conforme a las directrices que estableció la Resolución 273 del 10 de diciembre de 2013.
Como informamos en anteriores boletines esta nueva resolución trae consigo pequeñas diferencias con la resolución emitida en el año 2012.
La mayoría de los contribuyentes que para el 2013 deban reportar los literales contenidos en el artículo 631 del E.T. según el artículo 19 de la presente resolución deben tener cuenta los cambios en los siguientes formatos:
Formato 1001 Pagos o abono en cuenta y retenciones practicadas (Anexo técnico No 4) Para el año 2013 sobre este formato agregan nuevas columnas como son: Retención en la fuente practicadas CREE y retenciones en la fuente asumida CREE.
Formato 1006 Impuesto a las ventas por pagar (Generado) e impuesto al consumo (Anexo técnico No 05) Como su nombre lo indica agregan una nueva columna denomina Impuesto al consumo.
A continuación otro de los cambios que introdujo la Resolución 273 en el formato 1001:
- Las amortizaciones deberán ser reportadas a nombre de la entidad reportante
- La autorretención del CREE que se hubiere pagado durante los meses de septiembre a diciembre de 2013, debe ser reportada en el formato 5062.
- Los pagos por concepto de aportes parafiscales y fondos de pensiones deberán reportarse en cabeza de las entidades autorizadas para recaudar los mismos. Los valores deducibles del empleador se reportarán en la columna pagos o abonos en cuenta deducibles y los aportes correspondientes al empleado, se deben diligenciar en la columna de pagos o abonos en cuenta no deducibles.
¿Cuándo deben reportar su información las personas naturales y jurídicas?
Último Digito del NIT |
Último día de Vencimiento |
26 - 30 |
MAYO 07 DE 2014 |
31 - 35 |
MAYO 08 DE 2014 |
35 - 40 |
MAYO 09 DE 2014 |
41 - 45 |
MAYO 12 DE 2014 |
46 - 50 |
MAYO 13 DE 2014 |
51 - 55 |
MAYO 14 DE 2014 |
56 - 60 |
MAYO 15 DE 2014 |
61 - 65 |
MAYO 16 DE 2014 |
66 - 70 |
MAYO 19 DE 2014 |
71 - 75 |
MAYO 20 DE 2014 |
76 - 80 |
MAYO 21 DE 2014 |
81 - 85 |
MAYO 22 DE 2014 |
86 - 90 |
MAYO 23 DE 2014 |
91 - 95 |
MAYO 26 DE 2014 |
96 - 00 |
MAYO 27 DE 2014 |
01 - 05 |
MAYO 28 DE 2014 |
06 - 10 |
MAYO 29 DE 2014 |
11 - 15 |
MAYO 30 DE 2014 |
16 - 20 |
JUNIO 03 DE 2014 |
21 - 25 |
JUNIO 04 DE 2014 |
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